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Guillermo Paz Cárcamo* En San José Poaquil, Chimaltenango, desde antes del conflicto armado y casi desde siempre, la normativa ancestral es la que sostiene la convivencia de la comunidad e imparte justicia cuando la norma es rota o se intenta romperla. Ahí, en ese pedazo del Estado guatemalteco, el Estado no está ni ha estado presente, como no lo ha estado en una gran parte del territorio nacional, sobre todo en las áreas indígenas. En San José Poaquil, es el Consejo de Principales quien dirige la casi totalidad de vida de la población, son el Estado; bajo su dirección, la comunidad construyó la escuela, le puso computadoras, mantiene los caminos, lleva el agua o aplica la justicia. Así que cuando alguien atenta o pretende atentar contra los bienes o los valores de la comunidad, aplican pronta y cumplidamente el código ancestral; esa es la razón y cimiento de la tranquilidad y desarrollo, progreso e identidad de San José Poaquil.
Hace poco, un muchacho se metió a la escuela para robarse una computadora; no cumplió el cometido porque no pudo sacarla dado que sus cómplices -otros dos adolescentes- abandonaron el lugar. Pero alguien lo vio, dio aviso y la comunidad lo capturó. El confesó su acción, así como el nombre de sus cómplices. Al ratito fueron capturados los otros dos muchachos y llevados donde estaba reunida la comunidad. Ahí mismo empezó la deliberación sobre el asunto. En menos de media hora, se pusieron de acuerdo sobre el castigo. Al hechor material del hecho: 30 azotes y dos meses de trabajo limpiando cunetas en la carretera del pueblo. A los cómplices, dos meses de limpieza en las cunetas del camino y calles del pueblo.
En una hora estaba ejecutado todo el proceso judicial, en una aplicación impecable del principio jurídico: que la justicia debe ser pronta y cumplida. El caso de Poaquil no recibió propaganda periodística, como los casos sucedidos en municipios de Solóla y Quiche, donde la prensa estuvo presente, lo cual supone fueron avisados de antemano sobre la celebración de los juicios. Sin embargo, a pesar de la evidente sesgada interpretación de los eventos, si uno lee, sin las cargas emocionales y moralistas del periodista, las narraciones de los sucesos, se dará cuenta que en términos generales los procesos son iguales, aunque los delitos juzgados (compraventa de niños, uso de drogas, escándalos públicos, etcétera.) son diferentes y los castigos aplicados son diferentes. Si los quebrantamientos cometidos contra al orden y valores comunales se hubieran juzgado al amparo de la legislación estatal -aunque como dijimos ahí el Estado no tiene presencia- los infractores deberían haber sido encarcelados y sometidos a un largo proceso jurídico que bien puede durar años, donde al final, los tribunales en nombre de la sociedad, fuera de su contexto social, sancionan o no al individuo. Mientras tanto, la familia sufre la ausencia de uno de sus miembros que deja de aportar recursos, además de implicar gastos en visitas a la cárcel, del juicio y un largo etc. que distorsiona la estabilidad y economía familiar. Y lo más grave, no hay ningún resarcimiento a la comunidad quién fue la agraviada en sus normas, valores y patrimonio. Aparte de la situación degradante, indecente y corrupta del sistema carcelario que el encarcelado debe soportar durante años, el derecho estatal sanciona y castiga hasta con la pena de muerte o la cadena perpetua -matar legalmente- mientras que la justicia maya resarce, repara, a la par que sanciona. Esto último, unido al hecho de dictar el veredicto de manera inmediata y ejecutarlo seguidamente, evita todos los irreparables daños colaterales que implica la legalidad estatal. Se debe entender que entre la legalidad y la justicia, la justicia tiene preeminencia. Pero como en el derecho estatal, la forma es antes que el contenido, la "legalidad" y su hija predilecta, la leguleyada, van por delante de la justicia, siendo esto lo que toma interminables los procesos judiciales; en el derecho maya, el contenido es superior a la forma, por eso los procesos son inmediatos y contundentes. Ahora, cuando los diarios publican sucesos que durante años y siglos se han solucionado en las comunidades basados en la tradición y el llamado derecho consuetudinario, ladinos y mayas "civilizados" y hasta un tal Anders Kompass de la ONU, se tiran de los pelos, sacos y sombreros cuestionando tal proceder, incluso cuestionando su origen. Pero, dichosamente quedan algunos testimonios de aplicación del derecho indígena, desde antes de la invasión española, donde se comprueba su historicidad y su legitimidad. Por ejemplo: (....)las ordenanzas de Netzahualcóyotl castigaban con la muerte al sacerdote sorprendido en estado de ebriedad, y lo mismo al dignatario, funcionario o embajador que se encuentre borracho en el palacio; el dignatario que se haya embriagado sin hacer escándalo recibe por ello un castigo no menor, pues pierde sus funciones y sus títulos. Al plebeyo sorprendido en estado de ebriedad se le exponía por primera vez a las rechiflas de la multitud mientras se le rapaba la cabeza en la plaza pública; en caso de reincidencia se le castigaba con la muerte, pena que correspondía a los nobles desde la primera infracción. (La vida cotidiana de los aztecas antes de la Conquista. Jacques Soustelle. FCE, pág.160) A la parte occidental de este gran sitio señala otro paraje con título de los panales, ó avisperos, y este de mucha breña, y matorral, y donde las avispas, (diversa especie de la abeja) fabricaban gran copia de panales, á que no disfrutaban sin gran pena, siendo sitio vedado, y atendido, porque en él se libraban los castigos de algunos hombres delincuentes; á cuyas culpas correspondía la pena de ser llevado á aquel lugar; donde desnudos, y alborotando los panales, pagaban su delito con rigor. ("Recordación Florida: Discurso historial y demostración material, militar y política del Reyno de Goa-themala". Capitán D. Francisco Antonio de Fuentes y Guzmán. Sociedad de Geografía e Historia. Tip. Nac. 1932, pág. 418) (....) y era desagraviado y satisfecho habiendo dequéy el Juez de Apelaciones castigado congran severidad, y en mucho ejemplo, con laprivación de aquel, y otros oficios de la república, y confiscaciones de sus bienes, y que en adelante anduviese sin pelo, o trasquilado en término más vulgar; y que si se introdugese á la pretensión de oficio pasándose algún tiempo, fuese ahorcado sin remisión (Recordación Florida. Op.cit. pág. 428) Si los que cuestionan y emiten juicios de valor, desde su cultura, en relación a la justicia maya se vieran en un caso de los apuntados, se les podría demandar que decidieran qué preferirían: ¿30 ó 40 azotes y un trabajo comunal con lo cual la comunidad los perdona e integra, o irse a podrir y malear en la cárcel por lo menos dos años, sin encontrar el camino de reintegrarse a su comunidad? Muchas comunidades mayas han optado por el camino ancestral para solucionar las distorsiones y tensiones de la colectividad y por lo que parece sigue siendo valedera la máxima de los abuelos y de los antiguos maestros que formaron personas de bien, de principios, honorables, recatadas, que cumplían en cualquier circunstancia con la palabra empeñada: la letra con sangre entra. Así que no hagamos tantos espavientos, ni nos enredemos en legalidades infuncio-nales e hipócritas moralidades, tengamos confianza en las pueblos mayas, porque esa ley tiene siglos de funcionar y por lo visto ha funcionado exitosamente. *Sociólogo y economista(Guatemalteco-costarricense) |